Principales resultados
- En las elecciones al Parlamento Vasco podrán votar 1.795.206 electores.
- Los electores residentes en el extranjero podrán votar sin necesidad de solicitud previa.
- El censo electoral se podrá consultar del 4 al 11 de marzo.
El próximo 21 de abril de 2024 podrán votar 1.795.206 electores en las elecciones al Parlamento Vasco. De ellos, 1.712.324 residen en el País Vasco y 82.882 en el extranjero.
De los electores residentes en el País Vasco, 75.634 podrán participar por primera vez en unas elecciones al Parlamento Vasco, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación celebrada el 12 de julio de 2020.
Los electores residentes en el extranjero podrán votar en las elecciones al Parlamento Vasco sin necesidad de solicitud previa.
La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del 13 al 18 de abril –que son los días habilitados para el depósito del voto en urna–.
El censo electoral de residentes en España se podrá consultar del 4 al 11 de marzo en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la OCE. Los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en las oficinas consulares.
También está disponible en la Sede Electrónica del INE un servicio de consulta a los datos de inscripción en el censo electoral, previa acreditación de la identidad del elector, con el sistema Cl@ve (DNI electrónico entre otros). Y, en el caso de los electores residentes en España muestra, además, la mesa y dirección del local electoral.
Los electores podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE en el mismo plazo, del 4 al 11 de marzo.
Los electores residentes en España también podrán presentar reclamaciones a través de la Sede Electrónica del INE con el sistema Cl@ve y aportando un certificado vigente de inscripción en el Padrón de su municipio de residencia.
Quienes realicen la solicitud de oposición a recibir propaganda electoral hasta el 11 de marzo no la recibirán por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones, de acuerdo con lo establecido en el cambio legislativo llevado a cabo en diciembre de 2018.
Las solicitudes posteriores al 11 de marzo tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.
La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con el sistema Cl@ve, en la Sede electrónica del INE o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la OCE.
En estas elecciones el procedimiento de entrega de las copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas que las soliciten será mediante descarga en un portal del INE.
Como requisito, en la solicitud de las copias deberán aportar dos cuentas de correo electrónico que se utilizarán para enviar a la candidatura información del portal y las contraseñas para acceso a los ficheros y la apertura de los mismos.
Las tarjetas censales, en la que se informará de la mesa y el local electoral donde vota el elector, se enviarán a partir del 27 de marzo.
En la página web del INE está disponible información de interés sobre las actuaciones de la OCE en estas elecciones: recuentos de electores, trámites telemáticos que requieren certificado electrónico, consulta de mesa y local dónde hay que votar, información sobre cómo ejercer el voto por correo, plazos y normativa legal.
Además, en la Sede electrónica del INE se ofrecen los siguientes trámites que no necesitan de acreditación con certificado electrónico:
Adicionalmente, las delegaciones provinciales de la OCE atienden las consultas sobre las actuaciones de su competencia (inscripción en el censo, reclamaciones, mesas y locales electorales, voto por correo, etc.) en sus oficinas y en el teléfono gratuito 900.343.232.