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INEbase
Condiciones de vida
Encuesta de condiciones de vida
Resultados por comunidades autónomas
Resultados por comunidades autónomas
Riesgo de pobreza con umbral fijo (renta año anterior a la entrevista)
Tasa de riesgo de pobreza con umbral fijo en el año 2008 por CCAA.
Unidades:
%
Seleccione valores a consultar
Comunidades y Ciudades Autónomas
Valores que contienen
Total Nacional
01 Andalucía
02 Aragón
03 Asturias, Principado de
04 Balears, Illes
05 Canarias
06 Cantabria
07 Castilla y León
08 Castilla - La Mancha
09 Cataluña
10 Comunitat Valenciana
11 Extremadura
12 Galicia
13 Madrid, Comunidad de
14 Murcia, Región de
15 Navarra, Comunidad Foral de
16 País Vasco
17 Rioja, La
18 Ceuta
19 Melilla
Seleccionados:
20
Total:
20
Tasa de riesgo de pobreza con umbral fijo en el año 2008
Valores que contienen
Tasa de riesgo de pobreza con umbral fijo año 2008 (renta del año anterior a la entrevista)
Tasa de riesgo de pobreza con umbral fijo año 2008 (con alquiler imputado) (renta del año anterior a la entrevista)
Seleccionados:
1
Total:
2
Periodo
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2018
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2016
2015
2014
2013
2012
2011
2010
2009
2008
Seleccionados:
1
Total:
16
Elija forma de presentación de la tabla
Tasa de riesgo de pobreza con umbral fijo en el año 2008
Periodo
Comunidades y Ciudades Autónomas
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Decimales a mostrar:
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1
Notas ( 3 )
En la encuesta de Condiciones de Vida, los ingresos que se utilizan en el cálculo de variables como rentas y tasa de riesgo de pobreza corresponden siempre al año anterior.
Umbral de pobreza fijo año 2008: es el 60% de la mediana de los ingresos anuales tenidos en el año 2008 por unidad de consumo (escala OCDE modificada), tomando la distribución de personas. Los ingresos por unidad de consumo se obtienen dividiendo los ingresos totales del hogar entre el número de unidades de consumo.
La definición de renta del hogar incluye el alquiler imputado. El alquiler imputado se aplica a los hogares que no pagan un alquiler completo por ser propietarios o por ocupar una vivienda alquilada a un precio inferior al de mercado o a título gratuito. El valor que se imputa es el equivalente al alquiler que se pagaría en el mercado por una vivienda similar a la ocupada, menos cualquier alquiler realmente abonado. Asimismo se deducen de los ingresos totales del hogar los intereses de los préstamos solicitados para la compra de la vivienda principal.
Total:
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