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La estadística de Alta Tecnología, de carácter anual, es una estadística de síntesis que proporciona datos sobre la producción de alta tecnología en España. Algunas de las variables que proporciona esta estadística son: el número de empresas, la cifra de negocios, el valor añadido, la intensidad en innovación, etc. para los sectores de alta tecnología o el valor de la producción, las exportaciones e importaciones, etc. para los productos de alta tecnología.
Enfoque por sectores
Eurostat utiliza la nomenclatura general de actividades económicas de las Comunidades Europeas (NACE Rev. 2) para definir los sectores de alta tecnología. La clasificación de los sectores de alta tecnología resulta de la agregación del sector manufacturero de tecnología alta y media-alta más el sector de servicios de tecnología alta. Se utiliza la Nace Rev. 2 a un nivel de tres dígitos aunque, en muchos casos, debido a la restricción de las fuentes estadísticas utilizadas, la agregación se efectúa a un nivel de dos dígitos.
Enfoque por productos
La lista de productos está basada en el cálculo de la intensidad de I+D por grupo de productos. Los grupos clasificados como de alta tecnología están basados en la SITC Rev.4 (Standard International Trade Classification). Se establecen las correspondencias entre las clasificaciones internacionales y las utilizadas en España. En particular, se utiliza la clasificación CPA (Clasificación de Productos por Actividades) y sus correspondencias con SITC y NC (Nomenclatura Combinada). Por último, la equivalencia entre la NC y la clasificación PRODCOM (List of Products of the European Community) permite establecer vínculos entre clasificaciones y fuentes de información.
Por ramas, se cubre el sector manufacturero de tecnología alta y media-alta y las ramas de servicios de alta tecnología o de punta; y, por otra parte, también se cubre la producción, exportación e importación de productos considerados de alta tecnología.
Depende de la fuente de datos utilizada. Ver las distintas fuentes de datos en el punto 18.1.
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Datos referidos al periodo: Anual A: 2022
La recogida, tratamiento y difusión de los datos de las operaciones estadísticas para fines estatales se rige por lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio. En la LFEP se establece que el Plan Estadístico Nacional es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración del Estado y contiene las estadísticas que han de elaborarse en el cuatrienio por los servicios de la Administración del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de ella. Todas las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son estadísticas para fines estatales y de cumplimentación obligatoria. El Plan Estadístico Nacional 2021-2024, aprobado por el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, es el plan actualmente vigente. Esta operación es una estadística para fines estatales y está incluida en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024. (La estadística en la Administración del Estado)
La normativa europea concerniente a la producción y desarrollo de estadísticas comunitarias en ciencia y tecnología, aplicable también a la estadística de Alta Tecnología, es la Decisión n° 1608/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, que se puede encontrar en el siguiente enlace:
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX:32003D1608&from=EN
y el Reglamento de Ejecución (UE) n ° 995/2012 de la Comisión, de 26 de octubre de 2012, que se puede encontrar en el enlace:
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX:32012R0995&from=EN
La versión en español de estas normas está accesible en el siguiente enlace:
https://www.ine.es/normativa/leyes/UE/minine.htm#30197
Existen acuerdos con distintas instituciones para compartir información acerca de información relevante de cara a la elaboración de la Estadística de Indicadores de Alta Tecnología.
La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública obliga al INE a no difundir en ningún caso los datos personales cualquiera que sea su origen. Se entiende que son datos personales los referentes a personas físicas o jurídicas que o bien permitan la identificación inmediata de los interesados, o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a la identificación indirecta de los mismos. Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea establece la necesidad de establecer principios y orientaciones comunes que garanticen la confidencialidad de los datos utilizados para elaborar estadísticas europeas y el acceso a esos datos confidenciales, habida cuenta del progreso técnico y de las necesidades de los usuarios en una sociedad democrática.
El INE adopta las medidas lógicas, físicas y administrativas necesarias para que la protección de los datos confidenciales sea efectiva, desde la recogida de datos hasta su publicación.
En los cuestionarios de las encuestas se incluye una cláusula legal que informa de la protección que ampara a los datos recogidos.
En las fases de tratamiento de la información los datos que permiten la identificación directa solo se conservan mientras son estrictamente necesarios para garantizar la calidad de los procesos
En la publicación de las tablas de resultados se analiza el detalle de la información para evitar que puedan deducirse datos confidenciales de las unidades estadísticas. En los casos en que se difunden ficheros de microdatos, éstos siempre están anonimizados.
No se publican datos que permitan identificar de manera específica a una empresa determinada.
La difusión de datos de los Indicadores de Alta Tecnología se hace anualmente en la web del INE, a comienzos del segundo semestre del año. Se publican con referencia al año t-2, siendo t el año corriente.
Los resultados de las operaciones estadísticas se difunden generalmente con notas de prensa que se pueden consultar tanto en el menú correspondiente a la operación como en el apartado de Notas de prensa
Se publica en la web del INE, en la dirección:
INEbase es el sistema que utiliza el INE para almacenar y difundir en la Web toda la información estadística . Contiene toda la información que produce el INE en formato electrónico. Está organizado básicamente siguiendo la clasificación temática del Inventario de Operaciones Estadísticas de la Administración General del Estado. La unidad básica es la operación estadística, definida como el conjunto de actividades, incluidas las preparatorias, que conducen a la obtención de resultados estadísticos para un determinado sector o tema o territorio.
El acceso a las tablas se realiza desde INEbase, seleccionando el apartado Ciencia y tecnología / Investigación y desarrollo:
Nº de consultas a las tablas de datos: AC1=79.882 accesos en 2023.
Nº de consultas a los metadatos: AC2=716.
Al tratarse de una estadística de síntesis, no se puede tener acceso directo a los microdatos de la misma.
Existe la posibilidad de solicitar información a medida al Área de atención a usuarios del INE. Se tienen en cuenta a la hora de procesar dichas peticiones las limitaciones sobre la confidencialidad o la precisión.
Consúltese el enlace:
Una descripción detallada se encuentra disponible en:
Respecto a la calidad de los datos de entrada se pueden consultar los informes de calidad de las correspondientes estadísticas.
Los apartados del 10.6 al 17 de este documento constituyen el informe de calidad orientado al usuario de esta operacion estadistica.
El marco de garantía de calidad para las estadísticas del INE está basado en el ESSCoP, el Código de Buenas prácticas de las Estadísticas Europeas de EUROSTAT. El ESSCoP consta de 16 principios, agrupados en tres áreas: Entorno Institucional, Procesos y Productos. Cada principio tiene asociado una serie de indicadores que permiten su medida. Para valorar la calidad se utilizan diferentes herramientas proporcionadas por EUROSTAT: los indicadores ya mencionados, la Autoevaluación inspirada en el modelo DESAP , la Revisión por homólogos (Peer Review), las Encuestas de satisfacción de usuarios, y otros procedimientos de evaluación.
Al tratarse de una estadística de síntesis, la calidad de los datos de entrada debe consultarse en los informes de calidad de las correspondientes estadísticas utilizadas como fuentes de esta estadística.
Para garantizar una información de calidad, la información recibida se trata posteriormente siguiendo los pasos siguientes:
- Control de la información recibida desde las unidades involucradas con el fin de asegurar la recepción de la misma.
- Análisis de datos, detección de posibles errores y/o cambios de criterios y consulta con las fuentes de información en caso necesario.
- Obtención de tablas de resultados definitivos.
De cara a ofrecer una mayor puntualidad, se están realizando las gestiones oportunas para que algunas de las fuentes puedan proporcionar información con mayor puntualidad.
Esta operación estadística proporciona información relevante para los siguientes grupos de usuarios:
Dado el carácter de síntesis de esta operación estadística, la circunscribe a un grado de agregación determinado por la información que proporcionan las fuentes que la originan. No obstante, se está estudiando la posibilidad de aumentar el grado de desagregación mediante la coordinación de todas las operaciones estadísticas involucradas
El INE ha realizado encuestas generales de satisfacción de usuarios los años 2007, 2010, 2013, 2016 y 2019 y proyecta seguir realizándolas cada 3 años. Su objeto es conocer la percepción que tienen los usuarios de las estadísticas del INE respecto a la calidad de la información que utilizan, y en qué grado se encuentran cubiertas sus necesidades. Además, se realizan otras encuestas especiales para conocer determinadas facetas: difusión de la información, calidad de determinadas publicaciones, etc.
En la página web del INE, en su apartado de Métodos y Proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Encuestas a usuarios
se pueden consultar las encuestas realizadas hasta la fecha pulsando en el siguiente enlace
Esta encuesta da satisfacción a las necesidades de información de los usuarios, de distintas instituciones, que precisan conocer el nivel de la alta tecnología en España.
Se recoge el R1=100% de la información solicitada por Reglamento de Ejecución (UE) n° 995/2012 de la Comisión Europea.
Al tratarse de una estadística de síntesis, la acuracidad y fiabilidad de los datos de la estadística depende de la acuracidad y fiabilidad de las fuentes utilizadas.
Al tratarse de una estadística de síntesis, los errores de muestreo serán los precisados en las fuentes de las que se extraen los distintos datos de la misma.
Los errores ajenos al muestreo pueden provenir tanto de las fuentes como del propio tratamiento de la información en esta operación (falta de cobertura, errores de codificación, etc.). En este caso la medida directa de la acuracidad no se considera posible.
Los datos de la estadística se publicarán en un plazo de TP2=18 meses después del año siguiente al de referencia de la información.
La difusión de los datos se realiza de acuerdo con el calendario de disponibilidad de las estadísticas estructurales que el INE elabora y publica para cada año.
Debido a que los códigos, tanto de las ramas como de los productos, utilizados son los marcados a nivel internacional, la comparabilidad con otras estadísticas a nivel europeo está garantizada
Los datos son comparables en el tiempo.
Hubo una ruptura de serie en el año 2009 debido a cambio en las clasificación de actividades económicas que pasó de la Nace Rev.1.1 a la Nace Rev.2. Por tanto, los datos son comparables con los de los últimos CC2=14 años
Al ser una encuesta muy especializada no es factible el cruce con otros sectores.
Al estudiar la coherencia de los datos de las tablas que conforman esta estadística hay que tener en cuenta las distintas fuentes de los que proceden dichos datos. Debido a esto, aunque las definiciones estadísticas son constantes en todas las tablas, es posible que existan discrepancias entre algunos resultados.
La estimación del crédito presupuestario necesario para financiar esta estadística prevista en el Programa anual 2024 es de 15,86 miles de euros.
La carga al informante recae, por tratarse de una estadística de síntesis, en los servicios promotores encargados de las distintas operaciones estadísticas que sirven de fuente para la misma.
El INE dispone de una Política que regula los aspectos básicos de la revisión de los datos estadísticos, garantizando la transparencia de los procesos y la calidad de los productos. Esta política se describe en el documento aprobado por el Consejo de Dirección en la reunión celebrada el día 13 de marzo de 2015. El documento está disponible en la sección de "Métodos y proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Política de revisión del Instituto Nacional de Estadística" (enlace).
Esta política general fija los criterios que se deben seguir para los diferentes tipos de revisiones: rutinarias - en los casos de estadísticas que por su naturaleza se revisan de manera regular - ; revisiones mayores, por cambios metodológicos o de fuentes básicas de referencia de la estadística; y revisiones extraordinarias (por ejemplo, las debidas a un error en estadísticas ya publicadas).
Se publican datos definitivos.
No hay revisión de datos.
En el enfoque por ramas se utilizan los datos procedentes de las siguientes operaciones estadísticas, escogiendo solo las ramas consideradas de alta tecnología:
En el enfoque por productos se utilizan los datos procedentes de las siguientes operaciones estadísticas, escogiendo solo los productos considerados de alta tecnología:
Anual.
Al tratarse de una estadística de síntesis, la recogida de datos consiste en la extracción de la información pertinente de las distintas fuentes descritas en 18.1.
Al tratarse de una estadística de síntesis, los datos ya están validados en las distintas encuestas utilizadas.