Avenida de Manoteras 50-52 - 28050 Madrid
Los datos describen la estructura de las explotaciones agrarias proporcionando las características generales de las mismas y de los agricultores, así como información sobre sus tierras, ganado y mano de obra. También describen los métodos de producción, las medidas de desarrollo rural y los aspectos agroambientales que analizan el impacto de la agricultura en el medio ambiente.
Los datos son utilizados por el público, los investigadores, los agricultores y los responsables políticos para comprender mejor la situación del sector agrícola y el impacto de la agricultura en el medio ambiente. Los datos hacen un seguimiento de los cambios en el sector agrícola y proporcionan una base para la toma de decisiones en la Política Agrícola Común (PAC) y otras políticas de la Unión Europea.
La unidad estadística es la explotación agrícola (granja). Los resultados agregados se difunden mediante tablas estadísticas. Los datos se presentan a diferentes niveles geográficos y por períodos.
Las recopilaciones de datos se organizan de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1091 y tienen una nueva estructura, que consiste en un conjunto de datos básicos y varios módulos. El Reglamento abarca las recopilaciones de datos en 2020 (el censo agrícola), 2023 y 2026. Los datos son lo más comparables y coherentes posible con los demás países europeos.
La Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas 2023 tiene los objetivos siguientes:
La EEA2023 se estructura en dos bloques:
En el bloque principal las características se integran en las tres secciones siguientes:
En el bloque relativo a los módulos, las características a investigar se integran en:
La población investigada por la Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas comprende todas las explotaciones agrícolas y ganaderas existentes en el territorio nacional, en el periodo de referencia, cualquiera que sea la persona física o jurídica que actúe como titular y el destino que se dé a la producción agraria, que cumplan alguno de los siguientes criterios, de acuerdo a los umbrales establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas:
Estos criterios son independientes, es decir, ha de cumplirse al menos uno de ellos para que se considere que la explotación pertenece a la población objeto de estudio.
Las explotaciones netamente forestales se excluyen de la encuesta, si no cumplen las condiciones antes citadas, ya que se refiere a explotaciones propiamente agrícolas. Sin embargo, cuando la explotación investigada tenga alguna masa forestal, ésta se recogerá en el cuestionario.
Para evitar poner una carga innecesaria en las explotaciones agrícolas y las administraciones nacionales, el Reglamento 2018/1091 exige que cada Estado miembro proporcione datos sobre las explotaciones agrícolas que cubren el 98% de la superficie agrícola utilizada (SAU) (excluyendo los huertos familiares) y el 98% de las unidades ganaderas (UG).
[1] Se refiere sólo a cultivos al aire libre; por ejemplo, en el caso de plantas medicinales cultivadas bajo vidrio, el umbral a utilizar es el de los invernaderos.
La explotación agraria es una unidad, tanto técnica como económica, que tiene una única gestión y que realiza actividades económicas en la agricultura de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1893/2006 perteneciente a agrupaciones:
En cuanto a las actividades de la clase A.01.49, sólo se incluyen las actividades de "Cría de animales semidomesticados u otros animales vivos" (con excepción de la cría de insectos) y "Apicultura y producción de miel y cera de abejas".
La población investigada en la encuesta comprende todas las explotaciones agrícolas y ganaderas existentes en el territorio nacional, a 30 de septiembre de 2023, cualquiera que sea la persona física o jurídica que actúe como titular y el destino que se dé a la producción agraria, que cumplan alguno de los criterios de umbrales establecidos anteriormente.
Esta población de explotaciones constituye el marco principal para los módulos de Mano de obra y otras actividades lucrativas, Desarrollo rural y Maquinaria.
La población objeto de estudio del módulo de Regadío es un subconjunto de la población de las explotaciones agrícolas definidas anteriormente, con superficie regable, la del módulo de Prácticas de gestión del suelo un subconjunto con superficie de tierra arable, y la del módulo de Frutales un subconjunto con superficie de frutales.
Se incluye todo el territorio nacional, incluidas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
La explotación agrícola se georreferenciará de acuerdo a la parcela más grande de la explotación.
A partir de la adhesión de España a la Comunidad Europea el 1 de enero de 1986, como miembro de pleno derecho, el INE se incorpora al programa comunitario de encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas. Este programa obliga a modificar las fechas del censo agrario que, según determinan los sucesivos Reglamentos del Consejo, debe realizarse en los años terminados en nueve o en cero. Así se realizaron los censos de 1989, 1999 y 2009 y 2020. Se determina que se realizarán encuestas cada tres años en los periodos intercensales, siendo en 2023 y 2026.
Las series temporales más antiguas se describen en los informes de calidad anteriores (informes metodológicos nacionales).
Los datos de 2023 se procesan (por Eurostat) con los coeficientes de producción estándar de 2020 (calculados como una media de 5 años del periodo 2018-2022). Para más información, puede consultar la definición de la producción estándar.
Unidad de medida de superficie
La unidad de medida utilizada para la superficie de la explotación agrícola y de los cultivos es la hectárea (10.000 m2), excepto en el caso de los hongos cultivados que es el metro cuadrado (m2).
Unidades de medida de ganadería
Los datos relativos a las explotaciones ganaderas se pueden expresar en:
Cabezas de animales
Los datos de ganadería se pueden expresar en número de cabezas de animales de los distintos tipos de ganado.
Las cabezas de los animales se dan en un día de referencia dentro del período de referencia (para la encuesta se utiliza el día 30 de septiembre de 2023), puesto que la cantidad de ganado en un año puede fluctuar.
Para algunos tipos de animales (por ejemplo, aves de corral), puede haber un período entre los ciclos de producción en el que los alojamientos del ganado estén vacíos, debido a interrupciones temporales en el ciclo de producción (por ejemplo, limpieza sanitaria regular de los alojamientos de animales, brotes de enfermedades o razones similares) o que haya un menor número de animales en la explotación. El ganado de estas explotaciones corresponderá al número de animales justo antes de la limpieza sanitaria (siempre que ya no existan en ninguna otra explotación).
Unidades ganaderas
Las unidades ganaderas (UG) es una unidad de medida estándar que permite la agregación de diversas categorías de ganado de diversas especies y edades según la convención, a través del uso de coeficientes específicos establecidos sobre la base de Requerimientos nutricionales o alimenticios de cada tipo de animal, para permitir una comparación.
Los coeficientes empleados se adoptan de acuerdo con el Anexo I del Reglamento (UE) 2018/1091:
Tipo de animal |
Característica del animal |
Coeficiente |
---|---|---|
Bovinos |
de menos de un año |
0,400 |
|
de entre un año y menos de dos años |
0,700 |
|
Machos de dos años o más. |
1,000 |
|
Novillas de dos años o más |
0,800 |
|
Vacas lecheras |
1,000 |
|
Vacas no lecheras |
0,800 |
Ovinos y Caprinos |
|
0,100 |
Cerdos |
Lechones con un peso vivo de menos de 20 kg |
0,027 |
|
Cerdas reproductoras con un peso vivo de 50 kg o más |
0,500 |
|
Otros porcinos |
0,300 |
Aves de corral |
Pollos de engorde |
0,007 |
|
Gallinas ponedoras |
0,014 |
Otras aves de corral |
||
|
Pavos |
0,030 |
|
Patos |
0,010 |
|
Gansos |
0,020 |
|
Avestruces |
0,350 |
|
Otras aves de corral n.c.o.p. |
0,001 |
Conejas, hembras reproductoras |
|
0,020 |
Número de colmenas
Para las abejas, la unidad adoptada es el número de colmenas.
Unidades de medida de trabajo
Los datos de trabajo en la explotación se expresan en número de jornadas, en porcentaje de tiempo de trabajo o bien en unidades de trabajo año (UTA); una UTA equivale al trabajo que realiza una persona a tiempo completo a lo largo de un año.
La unidad de trabajo anual (UTA) equivale al trabajo que realiza una persona a tiempo completo a lo largo de un año, es decir, las horas totales trabajadas divididas por la media de horas anuales trabajadas en empleos a tiempo completo en el país.
A efectos de la encuesta se entiende por jornada completa la realización de 1.800 horas (8 horas diarias por 225 jornadas de trabajo).
En el siguiente cuadro se dan las equivalencias entre tramos UTA, horas trabajadas al año y jornadas laborales a tiempo completo:
Porcentaje (%) |
UTA |
Horas al año |
Jornadas completas al año |
= 100 |
>=1 |
>=1800 |
>=225 |
>=75 a <100 |
>=0,75 a <1 |
>=1350 a <1800 |
De 169 a 224 |
>=50 a <75 |
>=0,50 a <0,75 |
>=900 a <1350 |
De 113 a 168 |
>=25 a <50 |
>=0,25 a <0,50 |
>=450 a <900 |
De 57 a 112 |
> 0 a <25 |
> 0 a <0,25 |
> 0 a <450 |
De 1 a 57 |
0 |
0 |
0 |
0 |
Volumen de agua utilizada
La medida utilizada para contabilizar el volumen de agua utilizada en la explotación para el riego es el metro cúbico (m3).
Fecha y Hora
La fecha y la hora seguirán la norma ISO 8601. La característica principal de la norma es que la información de fecha/hora se ordena de modo que el término temporal más grande (el año) se coloque a la izquierda y los términos más pequeños sucesivos se coloquen a la derecha del término anterior (los elementos de fecha se pueden separar con "-" y elementos de tiempo por ":" para mejorar la legibilidad humana.
La norma también fija un calendario de referencia como el calendario gregoriano.
La norma también prescribe como mínimo un año de cuatro dígitos (YYYY).
Para la representación del mes y el año se realizará en el orden: YYYY-MM.
Otras unidades de medida convencionales
Se utilizan también las siguientes unidades convencionales:
Producción Estándar (PE)
La producción de una característica agrícola es el valor monetario de la producción bruta al precio de salida de la explotación.
Se entiende por producción estándar (PE) el valor de la producción correspondiente a la situación media de una determinada región para cada característica agrícola.
La producción estándar total (PET) de la explotación se obtiene como el resultado de sumar el producto de cada valor obtenido de las características de la explotación, por cada producción estándar de dichas características.
Por producción se entenderá la suma del valor del producto o productos principales y de producto o productos secundarios. Los valores se calcularán multiplicando la producción por unidad por el precio de salida de la explotación sin incluir el IVA, los impuestos sobre los productos y los pagos directos.
Las producciones estándares corresponden a un periodo de producción de 12 meses (campaña agrícola del 1 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023). Para los productos vegetales y animales para los que la duración del periodo sea superior o inferior a 12 meses, se calculará una PE que corresponda al incremento o a la producción anual de 12 meses.
Las PE son facilitados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Se determinarán utilizando datos básicos medios calculados a lo largo de un periodo de referencia de cinco años. Se actualizan cada cierto tiempo de acuerdo con las tendencias económicas.
La producción estándar total (PET) de la explotación equivaldrá a la suma de los valores obtenidos para cada característica multiplicando las producciones estándares por unidad por el número de unidades correspondientes.
Atendiendo al tipo de datos los periodos de referencia se definen del modo siguiente:
Datos referidos al periodo: Anual A: 2023
La recogida, tratamiento y difusión de los datos de las operaciones estadísticas para fines estatales se rige por lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio. En la LFEP se establece que el Plan Estadístico Nacional es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración del Estado y contiene las estadísticas que han de elaborarse en el cuatrienio por los servicios de la Administración del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de ella. Todas las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son estadísticas para fines estatales y de cumplimentación obligatoria. El Plan Estadístico Nacional 2021-2024, aprobado por el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, es el plan actualmente vigente. Esta operación es una estadística para fines estatales y está incluida en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024. (La estadística en la Administración del Estado)
El INE realiza esta encuesta con referencia a 2023 en el marco del Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas, que requiere información básica e información adicional que se recogerá por muestra.
Y a nivel nacional, el Real Decreto 97/2022 de 1 de febrero, por el que se aprueba el Programa Anual 2022 del Plan Estadístico Nacional 2021-2024, establece entre las operaciones estadísticas de titularidad del INE la elaboración de la encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas, con el código de operación número 8002), de acuerdo con la legislación vigente aplicable a la realización de estadísticas de ámbito estatal.
A fin de reducir la carga que soportan los encuestados, los institutos nacionales de estadística y otras autoridades nacionales deben tener acceso a datos administrativos en la medida en que estos sean necesarios para el desarrollo, la producción y la difusión de estadísticas europeas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 bis del Reglamento (CE) n. o 223/2009.
En lo que respecta a la geocodificación de las explotaciones agrícolas, debe utilizarse el sistema de unidades estadísticas contemplado en el anexo III de la Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Los datos se han obtenido en colaboración con el Instituto Vasco de Estadística (EUSTAT) en el ámbito territorial de su comunidad, de acuerdo con el convenio firmado entre el INE y EUSTAT.
La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública obliga al INE a no difundir en ningún caso los datos personales cualquiera que sea su origen. Se entiende que son datos personales los referentes a personas físicas o jurídicas que o bien permitan la identificación inmediata de los interesados, o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a la identificación indirecta de los mismos. Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea establece la necesidad de establecer principios y orientaciones comunes que garanticen la confidencialidad de los datos utilizados para elaborar estadísticas europeas y el acceso a esos datos confidenciales, habida cuenta del progreso técnico y de las necesidades de los usuarios en una sociedad democrática.
El INE adopta las medidas lógicas, físicas y administrativas necesarias para que la protección de los datos confidenciales sea efectiva, desde la recogida de datos hasta su publicación.
En los cuestionarios de las encuestas se incluye una cláusula legal que informa de la protección que ampara a los datos recogidos.
En las fases de tratamiento de la información los datos que permiten la identificación directa solo se conservan mientras son estrictamente necesarios para garantizar la calidad de los procesos
En la publicación de las tablas de resultados se analiza el detalle de la información para evitar que puedan deducirse datos confidenciales de las unidades estadísticas. En los casos en que se difunden ficheros de microdatos, éstos siempre están anonimizados.
La Ley de la Función Estadística Pública (LFEP) establece que los datos protegidos por Secreto Estadístico son los datos personales, es decir, datos referentes a personas físicas o jurídicas que o bien permitan la identificación inmediata de dichas personas o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a la identificación indirecta de los mismos.
Los datos publicados son anonimizados, esto es, no pueden asociarse a una persona identificada.
La Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas se difunde cada 3 años en periodos entre censos, según se establece en el Reglamento (UE) 2018/1091, en los años 2023 y 2026.
Los resultados de las operaciones estadísticas se difunden generalmente con notas de prensa que se pueden consultar tanto en el menú correspondiente a la operación como en el apartado de Notas de prensa
La difusión de la encuesta se realiza mediante un sistema de tablas que se publican en la web del INE.
La información que se difunde en tablas es la siguiente:
Resultados estructurales nacionales y por comunidades autónomas:
INEbase es el sistema que utiliza el INE para almacenar y difundir en la Web toda la información estadística . Contiene toda la información que produce el INE en formato electrónico. Está organizado básicamente siguiendo la clasificación temática del Inventario de Operaciones Estadísticas de la Administración General del Estado. La unidad básica es la operación estadística, definida como el conjunto de actividades, incluidas las preparatorias, que conducen a la obtención de resultados estadísticos para un determinado sector o tema o territorio.
Existe la posibilidad de solicitar información a medida al Área de atención a usuarios del INE. Se tienen en cuenta a la hora de procesar dichas peticiones limitaciones sobre la confidencialidad o la precisión.
Para una descripción detallada de los métodos y los conceptos utilizados, así como de los cuestionarios empleados para la recogida de la Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas, consulte la página web:
INEbase/ Agricultura y medio ambiente / Agricultura
AC3=100%
De acuerdo al artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo, y coincidiendo con la transmisión de datos, se facilita a Eurostat un informe de calidad en el que se describirá el proceso estadístico, y en particular:
Este informe metodológico estandarizado contiene, en los campos 10.6 a 17, los elementos de lo que constituye el "Informe de calidad orientado a usuarios", para esta operación.
El marco de garantía de calidad para las estadísticas del INE está basado en el ESSCoP, el Código de Buenas prácticas de las Estadísticas Europeas de EUROSTAT. El ESSCoP consta de 16 principios, agrupados en tres áreas: Entorno Institucional, Procesos y Productos. Cada principio tiene asociado una serie de indicadores que permiten su medida. Para valorar la calidad se utilizan diferentes herramientas proporcionadas por EUROSTAT: los indicadores ya mencionados, la Autoevaluación inspirada en el modelo DESAP , la Revisión por homólogos (Peer Review), las Encuestas de satisfacción de usuarios, y otros procedimientos de evaluación.
Se han implementado una serie de medidas que contribuyen a garantizar la calidad del proceso y de los resultados. Entre ellas se encuentran las siguientes:
La calidad del proceso se ha garantizado mediante el análisis, la integración, la normalización y la exhaustividad (totalidad) de todos los ficheros agrarios a los que se refiere el Reglamento, junto con una recogida de datos en campo de la encuesta agraria.
Desde el inicio del proceso, se han celebrado reuniones periódicas con expertos, en las que se ha estudiado la cobertura y se ha analizado la coherencia de los datos de la encuesta con otras fuentes disponibles en el Ministerio de Agricultura.
La disponibilidad de información administrativa previa en el marco ha permitido realizar un control de la cobertura, lo que ha contribuido a la consecución de una encuesta de calidad.
La calidad de la encuesta queda garantizada por la evaluación de los resultados que se ha efectuado de manera continua a lo largo de todo el proceso.
La adaptación del cuestionario al método de recogida multicanal (postal-CAWI, CATI, CAPI), así como los contrastes de información y controles de calidad realizados durante la grabación y depuración de datos, han permitido minimizar la falta de respuesta.
Por otro lado, se ha intentado minimizar la carga estadística y el coste mediante la eliminación de preguntas en el cuestionario y cuya información se ha obtenido de otras fuentes del INE.
La encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas se lleva a cabo de forma coordinada en todos los países de la Unión Europea, lo que permite disponer de una información homogénea y comparable en el ámbito europeo.
Los datos son utilizados por el público, los investigadores, los agricultores y los responsables políticos para comprender mejor el estado del sector agrario y el impacto de la agricultura en el medio ambiente.
El principal usuario es la Dirección General de Agricultura de la Unión Europea, que necesita disponer, a través de Eurostat, de estadísticas comparables en todos los estados miembros sobre la estructura de las explotaciones agrícolas para determinar el desarrollo y seguimiento de la política agrícola común de la UE (PAC). El Ministerio de Agricultura también necesita disponer de estos datos para el seguimiento de esta política a nivel nacional.
Las variables investigadas y su descripción se reducen a la lista propuesta en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2286 de la Comisión.
Entre los usuarios de la encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas están:
El INE ha realizado encuestas generales de satisfacción de usuarios los años 2007, 2010, 2013, 2016 y 2019 y proyecta seguir realizándolas cada 3 años. Su objeto es conocer la percepción que tienen los usuarios de las estadísticas del INE respecto a la calidad de la información que utilizan, y en qué grado se encuentran cubiertas sus necesidades. Además, se realizan otras encuestas especiales para conocer determinadas facetas: difusión de la información, calidad de determinadas publicaciones, etc.
En la página web del INE, en su apartado de Métodos y Proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Encuestas a usuarios
se pueden consultar las encuestas realizadas hasta la fecha pulsando en el siguiente enlace
En 2019 se ha realizado una encuesta de satisfacción de los usuarios. Se alcanzó un nivel satisfactorio.
La Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas 2023 cumple todos los requisitos establecidos en la normativa nacional e internacional. De las 463 características que hay que proporcionar a Eurostat, y debido a la diversidad de nuestra agricultura, solo cuatro se consideran no significativas o no existentes, y por tanto no se investigan en la encuesta que se ha realizado de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1874 de la Comisión.
Esto hace que el indicador Tasa de resultados estadísticos obligatorios disponibles sea del 99,14%.
La 'Tasa de resultados estadísticos obligatorios disponibles', R1=99,14%
Se ha informado a Eurostat de las variables, no significativas o no existentes en nuestro país:
El sistema de recogida multicanal (Postal/CAWI, CATI, CAPI), el aprovechamiento masivo de registros administrativos y los controles de calidad introducidos en la grabación y depuración de los datos han permitido minimizar la falta de respuesta y los errores ajenos de muestreo.
Entre las medidas adoptadas se destacan:
Se calculan los errores relativos de muestreo de las principales características agrícolas y ganaderas y se analiza el cumplimiento de los requisitos de precisión establecidos en el Anexo 5 del Reglamento.
Se cumplen todos los requisitos de precisión establecidos en el anexo 5 del Reglamento excepto:
La razón principal es que la variabilidad de la muestra neta (explotaciones de los encuestados) ha superado a la de la muestra bruta.
Las fórmulas se facilitan en el archivo adjunto Metodología utilizada para calcular los errores estándar relativos.
13.2.2 Methodology used to calculate relative standard errors.docxTipos de explotaciones incluidas en el marco pero que no pertenecen a la población, se observa que casi más del 48% están por cesar su actividad y un 27% por estar temporalmente fuera de producción.
Acciones para minimizar el error de sobrecobertura, actualizar los datos utilizando el registro administrativo más reciente:
- Registro agrario
- Registro fiscal
- Registro de población
Los errores de clasificación errónea se han minimizado al disponer de registros actualizados.
Los errores de contacto se han minimizado al disponer de registros actualizados.
Las principales causas de errores de medición se deben a la autocumplimentación sin ayuda del entrevistador. Se ha mejorado el cuestionario y el método de recogida con la experiencia adquirida en los censos y encuestas anteriores.
Para garantizar la coherencia de los datos y minimizar los errores, hemos utilizado la aplicación de recogida de datos IRIA desarrollada por el INE que integra todas las fases de recogida y edición de datos. Todos los cuestionarios (correo postal, CAWI, CATI, CAPI) se grabaron con IRIA.
Durante las fases de recogida y grabación de los cuestionarios por correo, se verificaron los datos, con un control de calidad de la grabación y un control de los datos suministrados. Además, CAWI, CATI y CAPI tienen sus propios controles en IRIA.
IRIA detecta errores en la consistencia interna de los cuestionarios (ausencia parcial de datos en un cuestionario, datos incoherentes entre distintas variables y control del rango y existencia de variables cuantitativas). También detecta y hace una lista de controles para los valores atípicos, como los cultivos que no son comunes en determinadas regiones.
La edición posterior a la grabación fue realizada de forma centralizada por la Unidad Promotora con la ayuda de una empresa externa. Tras esta corrección manual de errores y antes de obtener los conjuntos de datos con los datos definitivos, todos los cuestionarios se sometieron a procesos de imputación automática de datos.
En el caso de los datos básicos, la falta de respuesta unitaria es del 0,64%. Actuaciones para minimizar o abordar la falta de respuesta unitaria:
Se estudia la unidad de no respuesta para detectar si son elegibles y en estos casos se aplican métodos de imputación.
Las características relacionadas con el titular de la explotación (año de nacimiento, sexo, días de trabajo, año de inicio como titular, formación) son de no respuesta, pero no se dispone de datos individuales para este ítem.
Para las variables relacionadas con el jefe de la explotación se han realizado imputaciones, en los casos en que el dato era ausente o erróneo: año de nacimiento, sexo, jornadas trabajadas, formación, año de inicio de trabajo como jefe.
La variable Eras y Contrucciones, se ha imputado en 2.454 explotaciones, en las que había ganado y no se comunicó la superficie de las instalaciones ganaderas. En total hay 49.748 explotaciones con esta variable, por lo que la tasa de imputación es del 4,93%.
La tasa de sobrecobertura A2=0,94%
Tasa de no respuesta por unidad: A4=0,64%
Tasa de imputación (Contrucciones): A7= 4,93%.
De acuerdo al Reglamento comunitario y, como la información de la Encuesta está referida a la campaña agrícola 2023, que en el caso de España finaliza el 30 de septiembre de 2023, el plazo es de 15 meses. Es el tiempo mínimo para poder realizar la recogida, integración, depuración de datos y preparación de resultados.
TP2 = 15 meses
La difusión de los datos se realiza de acuerdo con el calendario de disponibilidad de las estadísticas estructurales que el INE elabora y publica para cada año. Los datos se publican en la web del INE a finales de febrero de 2025, el día 26, dos meses despues de remitir información a Eurostat.
TP3=100%
No se recogen las explotaciones agrarias con una definición diferente al Reglamento (UE) 2018/1091. No hay diferencias entre la definición nacional y la definición de la UE de explotación.
Los datos se recopilan, se envían a Eurostat y se publican de acuerdo con los períodos de referencia/días de referencia establecidos en Reglamento (UE) 2018/1091.
El procesamiento de esta estadística en todas sus fases es el mismo para todo el territorio. Se utilizan los mismos métodos para todas las comunidades autónomas. De esta forma, los resultados son perfectamente comparables a nivel de comunidad autónoma.
La legislación española ha sido adoptada a la legislación de la Unión Europea. Asimismo, el uso de la metodología comunitaria permite comparar los resultados con el resto de Estados Miembros de la Unión Europea.
Desde que nos incorporamos al Programa Comunitario, la metodología básicamente no ha variado. Los únicos cambios se refieren a la definición de Unidad Trabajo Anual (UTA), la definición de las orientaciones técnico-económicas (OTE) y la definición de las unidades ganaderas (UG).
Para la encuesta de 2023 se establece UTA como 225 jornadas completas en lugar de las 228 jornadas que se utilizaron en 2016.
Las orientaciones técnico-económicas se modifican a partir del Censo Agrario 1999 sustituyendo las OTE principales 11 y 12 por las OTE 13 y 14. Posteriormente, con la última reforma de la PAC, se aprueba el nuevo Reglamento (CE) Nº 1242/2008 de la Comisión de 8 de diciembre de 2008 que afecta al Censo Agrario 2009 y a la Encuesta de 2013.
Respecto a la encuesta de 2016, se han modificado los códigos de todas las orientaciones técnico-económicas correspondientes a la encuesta de 2023.
Los coeficientes empleados en el cálculo de las UG también se modifican para la encuesta de 2023 respecto a los utilizados en la de 2016. No se establece coeficiente para el ganado equino, ya que sólo se precisa la presencia de este tipo de ganado. Se introduce coeficiente para los patos, los gansos y los avestruces, y se reduce el de otras aves de 0,03 a 0,001.
Para todas las variables, excepto la UTA, el indicador CC2: Nº de elementos comparables en una serie temporal desde su última ruptura es 13, mientras que para la UTA ese indicador es 12.
Los resultados se evaluaron continuamente durante la depuración. Durante la depuración centralizada, la aplicación diseñada a medida, indicaba por la fuente qué se había incluído la explotación en el marco de las explotaciones y qué método de recopilación se utilizó. Se mostraban los datos que tenía la explotación en el marco. Esto permitió al depurador comparar la información a nivel micro.
Además, se realizó una comparación a nivel provincial entre la información del censo agrario 2020, los datos de Superficies anuales de cultivo y producciones anuales de cultivo según el Reglamento (CE) 543/2009 y los datos de la EEA2023. Se han encontrado diferencias para los datos de pastos, debido a diferentes metodologías de clasificación y definición. Para el resto de los cultivos los datos fueron más o menos consistentes.
La Encuesta sobre la Estructura de las Explotaciones Agrícolas 2023 es absolutamente coherente con el Censo Agrario 2020, ya que se trata de la misma operación investigada de forma muestral o exhaustiva respectivamente.
La coherencia entre las variables se contrasta en todas las fases de la elaboración de la Encuesta. Los resultados tienen coherencia interna ya que se obtienen a partir del mismo fichero de microdatos y se calculan utilizando los mismos métodos de depuración y estimación.
La estimación del crédito presupuestario necesario para la financiación de esta estadística previsto en el Programa Anual de 2025 asciende a un total de 2.330,27 miles de euros.
La recogida de la encuesta de 2023 no se ha coordinado con ninguna encuesta. Los cuestionarios de recogida se han enviado al Ministerio de Agricultura, para que esté informado y compruebe la necesidad de introducir nuevas variables.
Como ya se hizo para el censo de 2020, en la encuesta de 2023 se ha utilizado información administrativa para los datos CORE de aproximadamente el 70 % de las explotaciones; y la información del módulo de desarrollo rural procede al 100 % del registro administrativo.
El INE dispone de una Política que regula los aspectos básicos de la revisión de los datos estadísticos, garantizando la transparencia de los procesos y la calidad de los productos. Esta política se describe en el documento aprobado por el Consejo de Dirección en la reunión celebrada el día 13 de marzo de 2015. El documento está disponible en la sección de "Métodos y proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Política de revisión del Instituto Nacional de Estadística" (enlace).
Esta política general fija los criterios que se deben seguir para los diferentes tipos de revisiones: rutinarias - en los casos de estadísticas que por su naturaleza se revisan de manera regular - ; revisiones mayores, por cambios metodológicos o de fuentes básicas de referencia de la estadística; y revisiones extraordinarias (por ejemplo, las debidas a un error en estadísticas ya publicadas).
Para la encuesta únicamente se publican los datos finales y no están sujetos a revisión. Si se detectasen errores y los datos deban ser cambiados, entonces se añadiría una nota explicativa junto con la información con el fin de advertir a los usuarios que los datos han sido cambiados.
Los datos se publican cuando son definitivos, no están sujetos a revisión.
Los datos se han revisado a lo largo de todo el proceso. Semanalmente se han revisado todos los datos para comprobar los cambios realizados durante la semana y comparar los resultados provisionales obtenidos con los datos anteriores (últimas EEA y Censo 2020), y los datos del Ministerio de Agricultura. Para ello, se descargaron los datos de la encuesta y se tabularon para su comparación.
Entre los trabajos previos a la recogida, destaca el relativo a la actualización del marco de base de explotaciones agrícolas. A continuación, se detallan brevemente las fuentes administrativas y estadísticas utilizadas para actualización del directorio:
Partiendo del directorio de explotaciones agrícolas que constituye el Censo Agrario 2020, se añaden aquellos NIF que aparecen en el Registro de Solicitud Única de la campaña agrícola 2022 y que no estuvieran en el directorio del Censo Agrario 2020.
Asimismo, se procesa la información del REGA a fecha 30 de septiembre de 2022, y se completa la información de los NIF incorporados por el RSU 2022 con datos de ganado. Además se añaden los NIF que aparecen nuevos en este fichero y no figuran en el directorio del Censo ni en el RSU 2022.
Respecto al tratamiento del DIRCE, se seleccionan todos aquellos NIF con actividad principal o secundaria agraria y se incorporan al marco todos aquellos que aún no están.
En la actualización del directorio, es necesario realizar determinados procesos de transformación posterior, para llegar a los conceptos requeridos por el Reglamento. Cabe destacar los procesos de homogenización relativos al concepto de Explotación agrícola:
Según la información contenida en las anteriores operaciones estadísticas agrarias, en más de un 90% de los casos el titular de la explotación lo es sólo de una única explotación agrícola o ganadera, por lo que se realizan los siguientes supuestos:
El marco de explotaciones del Censo Agrario 2020 actualizado por las fuentes anteriormente descritas se cruza por el último padrón disponible para eliminar a todos aquellos titulares registrados como defunciones.
La EEEA se recoge cada 3 años en periodos entre censos, según se establezca en el Reglamento correspondiente. El actualmente en vigor, (UE) 2018/1091, para el año de referencia 2023, dispone la recogida de datos básicos y los datos de los módulos de “Mano de obra y otras actividades lucrativas”, “Desarrollo rural”, “Regadío”, “Prácticas de gestión del suelo”, “Frutales” y “Maquinaria y equipos” mediante encuesta. Además se recogerán variables del módulo de “Generación de residuos”.
El Reglamento Europeo permite a los Estados miembros utilizar diversas fuentes o métodos para obtener las variables que conforman la encuesta de explotaciones agrícolas, siempre y cuando la información recogida cumpla los requisitos de calidad.
Como se ha mencionado anteriormente, se recogieron dos tipos de variables: variables básicas (anexo III del Reglamento), variables de los módulos específicos a realizar en el año de referencia (anexo IV del Reglamento) y las variables del módulo de generación de residuos.
En la recogida de la EEA 2023, al igual que se hizo en el censo agrario de 2020, se utilizaron masivamente los datos procedentes de registros administrativos para la recogida de las variables básicas y para las variables del módulo de Desarrollo Rural. No obstante, para las explotaciones cuyos titulares no solicitan ayudas de la PAC, fue necesaria una recogida de información de las variables básicas proporcionada directamente por los responsables de las explotaciones agrícolas a través de cuestionarios. Se recogieron íntegramente mediante cuestionarios los módulos de mano de obra, regadío, prácticas de gestión del suelo, frutales, maquinaria y equipos, y generación de residuos.
Por tanto, la recogida de la información de la encuesta constó de dos partes atendiendo a la fuente de información utilizada: una parte basada en fuentes administrativas, y otra parte más tradicional en que la información se recogió mediante encuestas (recogida directa).
RECOGIDA BASADA EN REGISTROS ADMINISTRATIVOS
A partir de la información proporcionada por los registros administrativos mencionados anteriormente se completó la información de las variables básicas solicitadas por el reglamento. Los principales registros administrativos de los que se obtuvo la información son:
Para la carga de datos a partir de estas fuentes, el concepto de explotación se corresponde con el NIF-PROVINCIA, no pudiendo existir más de una explotación por NIF y provincia. En aquellos casos en que un NIF de RSU tuviera explotaciones en provincias limítrofes se consideró una sola explotación con los siguientes criterios:
RECOGIDA DIRECTA DE LAS VARIABLES BÁSICAS Y DE LOS MODULOS ESPECIFICOS
La recogida directa de información se llevó a cabo por un método multicanal: correo postal, cumplimentación por internet (CAWI), entrevistas telefónicas (CATI) y entrevistas presenciales asistidas por ordenador (CAPI), en dos fases diferenciadas:
La fase 2 se realizó con posterioridad, para las unidades que no se haya obtenido respuesta en la fase 1.
Para la realización de estas fases se utilizaron tres tipos de cuestionario. Un cuestionario general con las variables generales, de cultivos y de ganado, otro cuestionario con las variables de los módulos relativos de mano de obra, regadío, prácticas de gestión del suelo, frutales y maquinaria y equipos. Hubo un tercer cuestionario donde se recogieron las variables de generación de residuos en la explotación.
Fase 1: CAWI, postal y CATI
Se distinguen dos etapas:
1. Cumplimentación del cuestionario por Internet (CAWI) y en papel con envío postal.
Consistió en el envío y reclamaciones de cartas por correo ordinario a los titulares de las explotaciones incluidas en el estudio con las claves para la cumplimentación de los cuestionarios por internet (CAWI). En el caso que el informante lo hubiera solicitado, se le envió el cuestionario en papel remitiendo éste en el sobre de respuesta pagada que se adjuntó en el envío postal.
Como apoyo a la recogida, se habilitaron líneas telefónicas de atención gratuita (L900) para atender y resolver las consultas de los informantes. Todos los cuestionarios recibidos por correo se grabaron. Se contactó telefónicamente con aquellos informantes de los que se precisó algún tipo de aclaración o corrección necesaria para depurar los datos que proporcionaron. Asimismo, se llevaron a cabo dos reclamaciones postales a las explotaciones que no cumplimentaron la información.
Los titulares de las explotaciones de las que no se consiguió obtener respuesta por los canales CORREO y CAWI, se asignaron a la Fase CATI de entrevista telefónica.
2. Entrevistas telefónicas Asistidas por Ordenador (CATI).
Después comenzó la recogida de información a través de llamadas telefónicas (CATI) de aquellos cuestionarios pendientes de recoger y que se disponía de teléfono de contacto. No obstante, siempre existe la posibilidad de realizar la encuesta por teléfono durante la etapa de cumplimentación CAWI o por correo, siempre que el informante así lo haya solicitado.
En esta fase, los titulares (o informantes) de los que no se obtuvo respuesta (bien por no haber conseguido un número de teléfono o bien por no haberlos podido entrevistar telefónicamente por causas diversas) pasaron a la fase 2 de entrevista presencial.
Fase 2: Entrevista Personal Asistida por Ordenador (CAPI)
Se recogió la información mediante entrevista presencial asistida por ordenador (CAPI) a los titulares de las explotaciones agrícolas de las que no se obtuvo el cuestionario cumplimentado en la Fase 1.
Se disponía de la información de estas explotaciones en los dispositivos portátiles y se realizaron las correspondientes entrevistas presenciales. Los datos retornaban a las bases centrales de manera inmediata mediante conexión a internet.
Las entrevistas se llevaron a cabo en el domicilio del titular o de la persona informante. Previamente se había remitido una carta anunciando esta visita, y se intentó contactar por teléfono para confirmar la cita o gestionar una nueva.
PERSONAL QUE INTERVIENE EN LA RECOGIDA DE INFORMACION
Durante la fase 1 el personal necesario fue personal de oficina que realizó las tareas de atención telefónica, grabación, depuración, inspección y supervisión de la información recogida. Las categorías básicas de personal fueron Entrevistadores, Inspectores y Diplomados en Estadística.
Durante la fase 2 dependió, en buena medida, del número de titulares de explotaciones a ser entrevistados, pero inicialmente se contó con una estructura jerárquica que permitió realizar los trabajos de recogida por entrevista presencial con la calidad adecuada y en el plazo previsto.
Las categorías básicas de personal para la fase 2 fueron análogas a la fase 1.
Los Diplomados en Estadística organizaron los trabajos de recogida de su/s provincia/s, realizaron el control e inspección de los trabajos de campo, analizando y comprobando los resultados que se iban obteniendo.
Los Agentes Entrevistadores fueron los encargados de realizar las entrevistas a los titulares de explotaciones agrícolas.
Los Inspectores fueron los responsables de controlar el trabajo de los agentes entrevistadores. Controlaron que se cumpliera el ritmo de trabajo marcado, se cumpliera el ritmo de citaciones y/o visitas establecido, y vigilaron especialmente las incidencias detectadas por sus agentes y la correcta actualización del directorio.
MATERIAL DE LA ENCUESTA
Durante la fase 1 se dispuso de:
Durante la fase CATI todo el material quedó integrado en las herramientas de los centros de trabajo.
Durante la fase 2 se utilizaron dispositivos portátiles en los cuales se cargó la información de las explotaciones a recoger tanto del cuestionario de información básica como del cuestionario de los módulos específicos. Se utilizaron cartas de citación y visita, credenciales de entrevistadores, partes de control y seguimiento, etc.
El software IRIA (Integración de Recolección y Administración de Información) fue la herramienta utilizada durante la recogida y validación de los datos durante esta fase.
Se distinguen tres tipos de validación:
La aplicación utilizada durante el proceso de depuración, permitirá la detección y listado de los errores de cobertura (duplicados, identificaciones incorrectas, etc.) y de los errores de consistencia interna de los cuestionarios (ausencia parcial de datos en un cuestionario, datos inconsistentes entre distintas variables y control del rango y de la existencia de variables cuantitativas). También se detectan y listan controles de datos atípicos, como por ejemplo cultivos que aparecen en determinadas regiones en las que antes no habían aparecido.
Previo a la obtención de los ficheros de datos definitivos, todos los cuestionarios serán sometidos a un proceso de imputación automática (PIA) mediante una programación a medida. El PIA consta de diferentes unidades denominadas bloques, cada uno de los cuales cumple una función específica, más o menos compleja. Estos bloques se aplicarán secuencialmente, a todas las explotaciones y, en esencia, la función de cada uno de ellos consiste en efectuar tres tipos de operaciones:
Si no existen inconsistencias, el bloque no efectuará imputaciones a la explotación examinada y ésta pasa al bloque siguiente. Si un bloque aplica imputaciones a una explotación, los datos modificados ya serán definitivos y por tanto, los controles efectuados en los sucesivos bloques se referirán siempre al estado actual de los datos y no al inicial. Dentro de un bloque, la lógica es análoga. Las preguntas efectuadas después de la aplicación de una o varias imputaciones se refieren siempre al estado actual de los datos, incluso si han sido modificados dentro del proceso del bloque.
Las imputaciones pueden clasificarse en dos tipos generales:
La población del módulo de Mano de Obra es ligeramente mayor que la población CORE, porque la población Mano de Obra es una estimación basada en muestras, mientras que la población CORE se basa en datos censales. Se aplican técnicas de calibración, utilizando la macro CALMAR de SAS, en los casos en que existen correlaciones entre las variables generales (CORE) y las de los módulos.
Así, para el módulo de Mano de Obra, las pequeñas explotaciones se calibran mediante la mano de obra del jefe de explotación y, en general, para cada uno de los tamaños de SAU, se calibra mediante el número de explotaciones, las hectáreas de superficie cultivada y los pastos.
Para el módulo de Regadío, se calibra, en cada uno de los tamaños de SAU, por las explotaciones pertenecientes a esta población y, a nivel NUTS 2, se calibra por la superficie regable del marco.
Para el módulo de Prácticas de Gestión del Suelo, se calibra por la superficie de tierra arable del marco, y en el módulo de Frutales por los árboles frutales del marco.
No procede realizar ningún ajuste estacional.
Lista de abreviaturas utilizadas: