32022Estadística de Intercambio de Bienes entre Estados de la UE (Bajo el Umbral de Exención)
- Servicio responsable
- Ministerio de Hacienda - Secretaría de Estado de Hacienda
- Unidad ejecutora
- Agencia Estatal de Administración Tributaria - Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales - Subdirección General de Planificación, Estadística y Coordinación
- Participación de otros organismos
- No
- Clase de operación
- Estadísticas propiamente dichas, con resultados agregados en tablas
- Sector o tema
- Comercio interior y exterior
- Subsector o subtema
- Comercio exterior de bienes
- Nivel de desagregación
- Nacional
- Ámbito territorial
- Todo el territorio nacional
- Metodología de la recogida de datos
- Obtención mediante enumeración completa de datos administrativos originales
- Forma de recogida de datos
- Transcripción de documento administrativo, cualquiera que sea la forma de cumplimentar éste
- Objetivo general
- Estimación del valor de los bienes objeto de intercambio con otros Estados miembros de la Unión Europea por operadores que no superan el umbral de exención
- Variables de estudio
- Introducciones y expediciones de bienes en valor
- Variables de clasificación
- Flujos
- Tipo de difusión
-
Soporte informático, Internet
Datos Calendario Metodología
- Periodicidad de la difusión
- Mensual
- Periodicidad de la recogida de datos
- Mensual
- Tipo de operación
- Coyuntural
- Unidades
- Conjunto de operaciones de comercio intracomunitario del periodo de referencia bajo el umbral de exención
- Fuentes administrativas
- Declaración de IVA intracomunitario
- Figura en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024 actualizado
- Sí: 8235 Estadística de Comercio Exterior de Bienes
- Ha sido dictaminada por el Consejo Superior de Estadística
- Sí-En la reunión de la Comisión Permanente del CSE de 4-12-2012
- Figura en el Programa anual 2024
- Sí: 8235 Estadística de Comercio Exterior de Bienes
- Calendario de difusión en el Programa anual 2024
- Sí
- Legislación de la Unión Europea
- No
- Es una estadística europea según el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo
- No