29041Estadística de Seguros Privados y Previsión Social Complementaria (anual)
- Servicio responsable
- Ministerio de Economía, Comercio y Empresa - Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa
- Unidad ejecutora
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones - Subdirección General de Organización, Estudios y Previsión Social Complementaria
- Participación de otros organismos
- No
- Clase de operación
- Estadísticas propiamente dichas, con resultados agregados en tablas
- Sector o tema
- Financieras y seguros
- Subsector o subtema
- Seguros y fondos de pensiones
- Nivel de desagregación
- Nacional
- Ámbito territorial
- Todo el territorio nacional
- Metodología de la recogida de datos
- Obtención mediante elaboración de resúmenes estadísticos con base en datos administrativos
- Forma de recogida de datos
- Transcripción de documento administrativo, cualquiera que sea la forma de cumplimentar éste
- Objetivo general
- Obtención de información del sector asegurador, situación financiera y estado de solvencia de las entidades que lo integran
- Variables de estudio
- Volumen de negocios, siniestralidad, provisiones técnicas, inversiones, capitales propios, resultados y solvencia
- Variables de clasificación
- Forma jurídica, ramas de actividad
- Tipo de difusión
-
Memoria estadística de seguros privados, Internet
Datos Metodología
- Periodicidad de la difusión
- Anual
- Periodicidad de la recogida de datos
- Anual
- Tipo de operación
- Estructural
- Unidades
- Empresas del sector
- Fuentes administrativas
- Documentación administrativa
- Figura en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024 actualizado
- Sí: 8311 Estadística de Seguros Privados
- Ha sido dictaminada por el Consejo Superior de Estadística
- Sí - En la reunión de la Comisión Permanente del CSE de 4-12-2012
- Figura en el Programa anual 2024
- Sí: 8311 Estadística de Seguros Privados y de Previsión Social Complementaria
- Calendario de difusión en el Programa anual 2024
- Sí
- Legislación de la Unión Europea
- No
- Es una estadística europea según el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo
- No