30308Encuesta de Población Activa (EPA)
- Servicio responsable
- Instituto Nacional de Estadística
- Unidad ejecutora
- S.G. de Estadísticas del Mercado Laboral
- Participación de otros organismos
- AEAT, Secretaría de Estado de Seguridad Social (MTIN), Hacienda Foral de Navarra, Instituto de Estadística de Navarra, Instituto Gallego de Estadística.
- Clase de operación
- Estadísticas propiamente dichas, con resultados agregados en tablas
- Sector o tema
- Trabajo, ingresos y costes salariales
- Subsector o subtema
- Mercado de trabajo
- Nivel de desagregación
- Provincial
- Metodología de la recogida de datos
- Obtención de datos estadísticos mediante enumeración por muestreo
- Forma de recogida de datos
- Formas mixtas
- Objetivo general
- Obtención de resultados sobre los ocupados, los parados y los inactivos. La Encuesta de Población Activa (EPA) da cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (CE) n° 577/98 del Consejo de 9 de marzo de 1998 relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, puesto que la EPA contiene a la Encuesta Comunitaria de Fuerza de Trabajo (ECFT) de la Unión Europea
- Variables de estudio
- Relación con la actividad
- Variables de clasificación
- Edad, sexo, estado civil, nacionalidad, estudios, rama de actividad, ocupación, situación profesional, tipo de contrato, horas trabajadas
- Tipo de difusión
- Publicación en CD-Rom, Internet , banco de datos, ficheros de microdatos y peticiones a medida
- Periodicidad de la difusión
- Anual, trimestral
- Periodicidad de la recogida de datos
- Semanal
- Tipo de operación
- Coyuntural
- Unidades
- Hogares familiares y personas residentes en hogar familiar principal
- Fuentes administrativas
- Ficheros de afiliación a la Seguridad Social, Modelo 190 de las Administraciones Tributarias
- Ha sido dictaminada por el Consejo Superior de Estadística
- Sí - Se presenta informe sobre los cambios en la encuesta en 2005 en la reunión de la Comisión Permanente del CSE de 24-03-2004
- Es una estadística europea según el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo
- Sí