30019Contabilidad Nacional Trimestral de España. Base 2008
- Servicio responsable
- Instituto Nacional de Estadística
- Unidad ejecutora
- S.G. de Cuentas Económicas y Empleo
- Participación de otros organismos
- No
- Clase de operación
- Elaboración de síntesis y de análisis con resultados procedentes de diversas fuentes
- Sector o tema
- Cuentas económicas
- Subsector o subtema
- Contabilidad Nacional
- Nivel de desagregación
- Nacional
- Metodología de la recogida de datos
- Obtención de estadísticas derivadas de otros resultados estadísticos
- Forma de recogida de datos
- No aplicable
- Objetivo general
- Elaboración del sistema de Cuentas Trimestrales de España según la metodología establecida en el Reglamento (CE) nº 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales SEC-1995
- Variables de estudio
- Principales agregados con datos brutos, corregidos de estacionalidad y calendario: valores añadidos a precios básicos y PIB a precios de mercado, gastos en consumo final y consumo final efectivo, formación bruta de capital, exportaciones e importaciones, remuneración de asalariados, excedente de explotación/rentas mixtas e impuestos sobre la producción y las importaciones netos de subvenciones, población, empleo, puestos de trabajo y horas trabajadas. Únicamente con datos brutos: saldo de rentas primarias con el resto del mundo, renta nacional a precios de mercado, renta disponible, ahorro, capacidad, necesidad de financiación de la nación y cuentas simplificadas de la economía nacional y del resto del mundo
- Variables de clasificación
- Ramas de actividad, sectores institucionales, economía nacional y resto del mundo
- Tipo de difusión
- Publicación en CD-Rom INEbase, Internet
- Periodicidad de la difusión
- Trimestral
- Periodicidad de la recogida de datos
- No aplicable
- Tipo de operación
- Coyuntural
- Unidades
- No aplicable
- Fuentes administrativas
- No aplicable
- Ha sido dictaminada por el Consejo Superior de Estadística
- Es una estadística europea según el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo
- Sí