LEY de Bases de la Reforma Agraria


por el Ministerio de Agricultura, Industria y Comercio


Madrid : Gaceta de Madrid, 1932
1 v. ; 29 cm

Encuadernación en cartón. Guardas impresas

Lomera en piel con estampaciones doradas en filetes lisos ( título, número de orden y fecha)

SIGN.: W (sin tejuelar)

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Cubierta Manuel Azaña Ley de Bases de la Reforma Agraria 1 Ley de Bases de la Reforma Agraria 2

La Ley de Bases fue aprobada en Consejo de Ministros el 9-9-1932 y publicada en la Gaceta de Madrid núm. 265 de 21-9-1932, refrendada por el Presidente del República (Niceto Alcalá Zamora) y el Ministro de Agricultura (Marcelino Domingo y Sanjuán). Fue uno de los mayores proyectos del gobierno de la Segunda República, dado el peso que entonces tenía la agricultura en la estructura económica del país.

En esta Ley de Bases, la base séptima ordenaba realizar un inventario/libro registro de las fincas que podían ser objeto de expropiación, primero a nivel local, después provincial para acabar en el Libro Registro Nacional. En ellos se anotaba: nombre del municipio, tipo parcela (secano/regadío) tipo de cultivo (cereal, vid, olivo…) aprovechamiento principal (pastos, dehesa, monte y pasto), etc.

Los trabajos de formación del Libro Inventario fueron encargados al Instituto de Reforma Agraria (IRA).

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