Concepto seleccionado: Depósito vertido

Definición

Engloba los depósitos sobre el suelo o en su interior, descargas en lugares especialmente diseñados (ej. vertederos de residuos inertes, no peligrosos y peligrosos), el almacenamiento permanente, el tratamiento en medio terrestre, inyección en profundidad, y el vertido en el medio acuático.

Notas

Se incluyen las operaciones de eliminación con códigos D1 a D7 y D12 del anexo I de la Ley 22/2011.

Fuente

Ley de residuos y suelos contaminadosMás información

Tema
Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
Conceptos asociados

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