Concepto seleccionado: Residuos municipales

Definición

Son aquellos residuos procedentes de la recogida en el ámbito urbano, que son competencia de las entidades locales o diputaciones forales, cuando proceda, y que comprenden las siguientes categorías: metálicos, vidrio, papel y cartón, plástico, madera, textiles, equipos desechados, pilas y acumuladores, animales y productos alimenticios mezclados, vegetales, domésticos y similares, otros residuos minerales y suelos.

Notas

A efectos de las obligaciones de información respecto a organismos internacionales (OCDE y Eurostat, etc.)

Fuente

Ley de residuos y suelos contaminadosMás información

Tema
Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
Conceptos asociados

No existen conceptos relacionados